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¿Quién garantiza los ahorros de los ciudadanos?

Carlos Sánchez Mato

 El Fondo de Garantía de Depósitos de entidades de crédito de España está en quiebra. Nada en la nueva directiva europea da seguridad adicional a los depositantes ni establece medios suficientes para evitar quebrantos a los mismos salvo una declaración de intenciones que no está acompañada de una adecuada dotación de recursos financieros que la haga creíble.

El ministro de Economía del Estado español, Luis de Guindos, ha sostenido en numerosas declaraciones realizadas de manera previa a la cumbre del ECOFIN que los depósitos de particulares y pequeñas y medianas empresas superiores a 100.000 euros estaban garantizados hasta este momento y estarán «absolutamente protegidos» en caso de quiebra de una entidad en la nueva directiva sobre resolución de crisis bancarias. Los depósitos de menos de 100.000 euros, ha subrayado Guindos, son «sacrosantos», y «los de más 100.000 euros en manos de pymes y también detentados por particulares también están absolutamente protegidos». «Eso nadie lo cuestiona», ha asegurado.

La nueva directiva desarrolla el esquema que adoptarán los rescates de los bancos a partir de 2018, siempre y cuando esta hoja de ruta sea consensuada con el Parlamento Europeo al que todavía no ha llegado la discusión. El objetivo declarado por los ministros de Economía de los países de la Unión Europea es que la apelación a los fondos públicos para salvamentos futuros sea el último de los recursos utilizados. Por un lado se pretende minimizar el quebranto para las arcas públicas de los diferentes Estados y del conjunto de la Unión Europea han tenido los rescates bancarios y por otro lado se busca evitar la huida masiva de ahorradores blindando sus depósitos de posibles quitas si se producen más debacles de entidades financieras. La protección a los depositantes sigue estando encomendada a los Fondos de Garantía de Depósitos establecidos en cada uno de los Estados de la Unión Europea. Además se establece una serie de inversores privilegiados que quedan excluidos de toda quita (bonos garantizados como cédulas hipotecarias, deudas con empleados en concepto de salarios y pensiones, deudas comerciales de bienes y servicios críticos para el funcionamiento de la institución, deudas con sistemas de pagos con vencimiento inferior a siete días y deudas del mercado interbancario con vencimiento inicial inferior a siete días).

Una vez más, los dirigentes políticos europeos no han abordado el corazón del problema. Las entidades bancarias están muy poco capitalizadas, es decir, su financiación está basada básicamente en recursos de terceros y no de sus accionistas y esta financiación tiene unos costes reducidos para las mismas porque existe la confianza por parte de depositantes e inversores de que los Estados impedirán la quiebra de las entidades bancarias cuando sufran problemas graves como los actuales.

Sin embargo, la directiva aprobada vuelve a incurrir en los mismos errores que anteriormente han tenido los sistemas de supervisión y aseguramiento de cada uno de los Estados de la Unión Europea. En primer lugar no contempla una adecuada dotación de fondos que garantice los depósitos que la normativa dice asegurar. En segundo lugar, se contempla que en circunstancias excepcionales se puedan autorizar el uso de fondos públicos nacionales y del Mecanismo Europeo de Estabilidad (MEDE) antes de que todos los acreedores pierdan por completo su inversión, mediante un préstamo al Estado que computaría como deuda pública. Es decir, lo que ocurre ahora.

Los mecanismos establecidos en la nueva normativa europea serán, por tanto, más de lo mismo. Se establecen unas excepciones a la hora de sufrir futuras quitas pero sin que se doten a los organismos correspondientes de fondos para poder hacer frente a los compromisos derivados de las declaraciones políticas.

El ejemplo más claro de lo anterior es lo que ocurre con la protección de los depositantes en cada uno de los países. El Fondo de Garantía de Depósitos de entidades de crédito de España está en quiebra. A pesar de las grandilocuentes declaraciones del señor De Guindos, el organismo que protege los ahorros de la ciudadanía tiene patrimonio neto negativo según las cuentas presentadas correspondientes a 2012 (-1.247 millones de euros). La situación sería mucho peor todavía si no hubieran usado trucos contables de dudosa legalidad para reducir el agujero y reflejara en sus estados financieros la totalidad de los compromisos que ha adquirido. El Fondo de Garantía de Depósitos es incapaz de atender las obligaciones a las que ya se ha comprometido y, por supuesto, no tendría posibilidad alguna de responder ante la insolvencia de cualquier entidad, incluso de pequeño tamaño, para atender el pago de los depósitos de los ahorradores.

En esta situación se aprecia de forma clara que es el Estado el que está garantizando de forma directa los 795.135 millones de euros que los ahorradores tienen (con el actual límite de 100 mil euros por titular) y solamente el afianzamiento que éste proporciona a las entidades bancarias permite que se financien en condiciones económicas ventajosas. En definitiva, las entidades bancarias privadas se aprovechan de un mastodóntico aval del Estado que no retribuyen para hacer negocio a favor de sus accionistas. ¿O es que alguien dejaría sus ahorros en las entidades bancarias a cambio de una reducida retribución si no estuviera detrás de las entidades bancarias el Estado?.

Nada en la nueva directiva europea da seguridad adicional a los depositantes ni establece medios suficientes para evitar quebrantos a los mismos salvo una declaración de intenciones que no está acompañada de una adecuada dotación de recursos financieros que la haga creíble.

Nueva directiva de la Unión Europea: directivaue

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