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COMUNICADO:EL INFORME DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE EL ICO Y LA BANCA PÚBLICA

01/06/2018

EL INFORME DEL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE EL ICO Y LA BANCA PÚBLICA

Recientemente se ha publicado un informe del Tribunal de Cuentas (TC) acerca de la fiscalización de la actividad crediticia del Instituto de Crédito Oficial (ICO) ejercicio 2016, Teniendo en cuenta que el ICO es una entidad pública que actúa como Agencia Financiera del Estado, sus actuaciones pueden influir significativamente en el devenir de la Banca Pública en su conjunto. Considerando las recomendaciones y el contenido del Informe, la Plataforma para una Banca Pública no tiene más remedio que tomar una posición al respecto y hacerla pública mediante el presente Comunicado.

Empezando por las recomendaciones, el TC recomienda que el Instituto no asuma en exclusiva los riesgos de operaciones minoristas que, por falta de red propia, se llevan a cabo en colaboración con entidades financieras con amplio acceso al público. Esto implica directamente a la línea ICO Directo, aunque su importe solo ha supuesto una cantidad poco significativa respecto a los 37.237 millones de euros que suponían las inversiones del ICO al 31 de diciembre de 2016.

Concretamente, según los datos recogidos en el Informe, la morosidad de la línea ICO Directo alcanzaría el 87% del saldo vivo a 31 de diciembre del 2016. Se debe decir que si se tuviera en cuenta el importe total concedido esa ratio sería bastante menor, aunque en todo caso más elevada que las habituales en las entidades de crédito privadas.

La línea ICO Directo citada antes se puso en marcha en el año 2011 a instancias del Gobierno para paliar la disminución por parte del sector privado de los apoyos financieros a PYMES y autónomos. Las limitaciones de medios del ICO llevó a que sus gestores decidieran reclutar a exempleados de banca para el análisis de las solicitudes y a contratar con los bancos Santander y BBVA la comercialización de la línea. En el informe no se citan por su denominación legal a las entidades ni los extremos de los contratos, pero cabe entender que las dichas presentaban al ICO los candidatos para conseguir los apoyos crediticios.

Los hechos citados en el párrafo anterior, que son objetivamente ciertos, no pueden llevar de ninguna manera a concluir que las entidades de crédito de carácter público que se pudieran establecer en España vayan a perder casi el 100% de sus inversiones, como ya se ha publicado en algunos medios de comunicación. Aún sin considerar el fin evidentemente loable de la decisión tomada por el Gobierno, es evidente que la falta de medios del ICO ha sido la causa fundamental de que se aprobaran muchas operaciones que posteriormente han resultado fallidas, y eso a pesar de que se rechazaban casi nueve de cada diez solicitudes recibidas, como el propio ICO apunta en sus alegaciones.

Por último, en esta Plataforma se es de la opinión de que, sin pretender que el ICO deba desparecer, es evidente que su estructura actual no es la adecuada para gestionar las políticas del Estado relativas al apoyo financiero de determinados sectores de la economía real, ni en las situaciones más problemáticas ni en las más habituales. Por tanto, se hace imprescindible la creación dentro del sistema financiero español de uno o más bancos públicos de proximidad para llevar a cabo aquellos fines que nos parecen en todo caso ineludibles.

PLATAFORMA PARA UNA BANCA PÚBLICA

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